CUADRADITO De Comedor
      CUADRADITO Transporte Urbano
    CUADRADITO Transporte Interurbano
  CUADRADITO Finalización de Estudios
CUADRADITO Prestación de Servicios
   

Del Lunes 2 de Marzo al Martes 31 de Marzo

PREINSCRIPCIÓN OBLIGATORIA

Desde el lunes 2 de marzo se debe completar la ficha de preinscripción bajada de internet con los datos personal y adjuntando la documentación requerida presentar en las unidades académicas correspondientes.

Se debe adjuntar, certificada por la autoridad competente la siguiente documentación:

  • Fotocopia del Recibo del último sueldo o Declaración Jurada de actividades e ingresos del solicitante y de la/s persona/s de quien el estudiante depende económicamente.
  • Fotocopia del DNI o Certificado de nacimiento de los hijos del estudiante.
  • Recibo de alquiler o pensión o pago de plan de vivienda o cuota hipotecaria.
  • Certificado de materias aprobadas, regularizadas y desaprobadas con promedio.
  • Certificado de domicilio (Para beca de transporte avalado por el Docente Director, en el caso de prestación Efectiva de Servicios)

Si el solicitante no encuetra en el formulario donde ubicar SITUACIONES ESPECIALES, debe adjuntar nota explicando dicha situación y/o documentación que estime necesaria en indiquelo en el cuadro OBSERVACIONES.

 
BECAS
 
 

Desde 1987 se implementó en toda la UNNE un sistema de becas que permite solucionar las situaciones de emergencia que atraviesan los estudiantes que cursen regularmente cualquiera de las carreras de grado que se dictan en las Facultades o Institutos de esta Universidad.

Se ofrecen Becas de:

Transporte (interurbano y urbano).

Comedor.

Prestación efectiva de servicios con el objetivo de afianzar los conocimientos del estudiante incentivando su creatividad.

De salud para tratamientos o intervenciones, prácticas especializadas, aparatos ortopédicos.

Finalización de estudios para los alumnos que adeuden hasta 5 (cinco) exámenes finales de la carrera que cursen.

Para mayor información remitirse a la Secretaría de Asuntos Sociales (Rectorado: 03783- 427012) o bien a la Secretaría de Asuntos Estudiantiles de cada Instituto o Facultad.

 
BECAS CON PRESTACIÓN EFECTIVA DE SERVICIOS (RES. N°064/064/95 C.S.)
 

La Universidad Nacional del Nordeste otorgará BECAS CON PRESTACIÓN EFECTIVA DE SERVICIOS a los estudiantes que cursan regularmente las carreras de grado que se dictan en sus Facultades o Institutos y que cumplan con los requisitos y condiciones que se especifican en la presente.

Objetivo de la Beca:
Las BECAS CON PRESTACION EFECTIVA DE SERVICIOS tienen como objetivo mejorar el nivel de formación académica, humana y técnica de los futuros egresados, actuando para ello del siguiente modo:

•  Permitiendo al becario afianzar sus conocimientos mediante la realización de labores creativas.
•  Contribuyendo a cubrir necesidades reales de la Universidad , con la prestación efectiva de servicios hacia la comunidad.

Monto y Cantidad:
Una vez establecido el monto total destinado a estas becas, la Secretaría General de Asuntos Sociales elevará su propuesta al Consejo Superior de la cantidad de Becas a otorgarse y la suma individual que corresponde a cada una de ellas.

Otorgamiento:
Las Becas serán otorgadas por el Consejo Superior a propuesta de la Comisión Central de Becas, previo análisis de las sugerencias de la Subcomisión de Becas de cada Facultad o Instituto.

Inscripción:
Las solicitudes serán recibidas por las Subcomisiones de Becas de las Facultades o Institutos, que comenzarán sus actividades una vez iniciadas las inscripciones ajustándose a lo siguiente:

•  Las Subcomisiones, finalizado el período de inscripción, tendrán una semana para evaluar las solicitudes.
•  En la semana siguiente deberán exhibir en los transparentes o en lugar bien visible para los estudiantes, la lista de los postulantes titulares y suplentes en orden de mérito provisorio.
•  A partir de la exhibición, los estudiantes tendrán una semana para efectuar los reclamos y/o impugnación ante la Subcomisión respectiva.
•  La semana siguiente al cese del período de impugnación, las Subcomisiones deberán tener resueltas las cuestiones planteadas y exhibir las listas provisorias finales (titulares y suplentes en orden de mérito sugerido) y remitir a la Comisión Central de Becas, para la intervención que le compete a la misma, con toda la documentación probatoria: recibo de sueldo y/o declaración jurada de ingresos, recibo de alquiler y fotocopia de la ficha de alumno o constancia de rendimiento académico.
•  Las Subcomisiones de Becas de las Facultades podrán, si lo consideran necesario, abrir un segundo período de inscripción en el mes de agosto con la finalidad de completar la lista de postulantes titulares y/o suplentes. Los plazos para la evaluación, exhibición y período de impugnación estarán en todo de acuerdo con lo establecido en los apartados a) , b) , c) y d) del presente artículo.

Solicitud de Inscripción:
En la solicitud de inscripción deberán constar:

•  Datos personales y académicos del aspirante.
•  Declaración jurada del estado patrimonial y económico del solicitante.
•  Plan de actividades académicas que propone desarrollar.
•  Fotocopia de la Ficha de Alumno o constancia de asignaturas aprobadas y desaprobadas, con promedio.

Plan de Trabajo:
Este deberá desarrollarse en una cátedra, asignatura, área , laboratorio, taller o en cualquier otro lugar o dependencia que a consideración de las Autoridades de las Facultades o Institutos, tenga relevancia para la Universidad o sea de utilidad para la comunidad.

En el Plan de Trabajo se deberá detallar:

a) Fundamentación – Objetivos.

b) Actividades a desarrollar

c) Disponibilidades horarias del aspirante relacionadas con sus compromisos académicos, no se podrá exceder las doce (12) horas semanales en la realización de las actividades. Dicho Plan deberá ser avalado por el Docente Director y además tendrá que contar con la conformidad del decano de la Facultad o el Director del Instituto.

Duración de la Beca:
El tiempo de duración de la Beca no podrá exceder los ocho (8) meses.

Obligaciones del Becario:
El beneficiario de la Beca tendrá la obligación de:

•  Cumplir con el Plan de Trabajo propuesto y comunicar toda modificación que se produzca con respecto a lo manifestado en la solicitud de inscripción.
•  Trimestralmente presentara a la Subcomisión de Becas de la Facultad un informe de actividades con el aval del Docente Director. La Subcomisión evaluará dicho informe y en caso de resultar negativo enviara a la Comisión Central la que resolverá acerca de la continuidad o cancelación de la Beca.
•  Elaborar un informe final, avalado por el docente Director, que deberá contener información sobre todo lo realizado y los objetivos cumplidos. A dicho informe se deberá adjuntar una Constancia de asignaturas aprobadas y regularizadas durante el tiempo de duración de la Beca. Esta documentación será evaluada por la Subcomisión de Becas y remitida a la Secretaría General de Asuntos Sociales para su conocimiento.

Obligaciones del Director:
El Docente Director deberá realizar el seguimiento del Plan de Trabajo y tendrá las siguientes obligaciones:

•  Controlar el cumplimiento de las actividades previstas en el Plan, por el becario a su cargo.
•  Mantener entrevistas periódicas con los responsables de la dependencia donde se desempeña el becario, a los efectos de lograr una evaluación de las actividades realizadas.
•  Efectuar un informe trimestral donde emitirá opinión sobre el cumplimiento de las labores programadas y de toda otra actividad desarrollada. Este informe deberá ser presentado a la Subcomisión de Becas de la Facultad.
•  Elevar el informe final del becario a la Subcomisión de Becas de la Facultad.

Pérdida de la Beca:
Los Becarios dejarán de gozar del beneficio aunque no se haya cumplido el plazo:

•  Cuando exista informe desfavorable del Director de la Beca , debidamente fundamentado. La Comisión Central de Becas, después de analizar el mismo, dictaminara sugiriendo al Consejo Superior, quien resolverá en definitiva.
•  Cuando se comprobare que el becario obtuvo el beneficio mediante información falsa.

 
BECAS DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS (RESOLUCIÓN N°587/92)
 

Requisitos:
Para obtener la beca el estudiante deberá reunir las siguientes condiciones:

•  Adeudar hasta cinco (5) exámenes finales según el plan de estudios de la carrera de la que es alumno.
•  Carecer de recursos económicos indispensables para atender los gastos que implica la finalización de sus estudios universitarios y poseer buen rendimiento académico.
•  Presentar, dentro de los plazos establecidos, la documentación que acredite lo manifestado en la solicitud de inscripción, que se proveerá para tal fin.

Duración:
La duración de la Beca de Finalización de Estudios será de hasta doce (12) meses a partir de su adjudicación y el estudiante que resultara beneficiado no podrá presentarse a una nueva convocatoria.

Si el estudiante se graduara dentro de los doce meses de otorgada deberá comunicarlo de inmediato y la beca caducará el último día del mes calendario correspondiente a la graduación del becario.

Período de Inscripción:
El período de inscripción para las Becas de Finalización de Estudios comenzará el primer día hábil del mes de marzo y finalizará el 15 de abril.

Los aspirantes deberán inscribirse en sus respectivas Facultades o Institutos utilizando el formulario que le será provisto para tal fin.

Trámite para su adjudicación:
Las solicitudes serán recibidas por las Subcomisiones de Becas de las Facultades o Institutos, que podrán comenzar sus actividades una vez iniciadas las inscripciones ajustándose a lo siguiente:

•  Las Subcomisiones, finalizado el período de inscripción, tendrán una semana para evaluar las solicitudes.
•  En la semana siguiente deberán exhibir en los transparentes o en lugar bien visible para los estudiantes, la lista provisoria de los postulantes titulares y suplentes en el orden de mérito sugerido.
•  A partir de la exhibición, los estudiantes tendrán una semana para efectuar los reclamos y/o las impugnaciones ante la Subcomisión de Becas.
•  La semana siguiente al cese del período de impugnación, las Subcomisiones deberán tener resueltas las cuestiones plateadas y exhibir las listas provisorias finales (titulares y suplentes en orden de mérito sugerido) y remitir a la Comisión Central de Becas, para la intervención que le compete a la misma, con toda la documentación probatoria.

Solicitud de Inscripción:
En la solicitud de inscripción deberán constar:

•  Datos personales y académicos del aspirante.
•  Declaración jurada del estado patrimonial y económico del solicitante.
•  Plan de actividades académicas que propone desarrollar.
•  Fotocopia de la Ficha de Alumno o constancia de asignaturas aprobadas y desaprobadas, con promedio histórico.

Las Becas serán otorgadas por el Consejo Superior. Las Subcomisiones de Becas elevarán a la Comisión Central de Becas la nómina de aspirantes (titulares y suplentes) en el orden de mérito sugerido, debiendo acompañar los antecedentes y actuaciones del estudio realizado, a fin de que dicha Comisión Central eleve en forma fundada la nómina definitiva, la que podrá ser modificada por el Consejo Superior.

Obligaciones:
Serán obligaciones del Becario:

•  Comunicar toda modificación que se produzca con respecto a lo manifestado en la solicitud de inscripción.
•  Informar cualquier eventualidad que afecte el normal desenvolvimiento de sus estudios o que le impidan cumplir con el plan de actividades académicas propuesto.

Al final de cada cuatrimestre el becario presentará a la Subcomisión de Becas de la Facultad un informe de actividades en el que constarán las materias regularizadas y las aprobadas en el cuatrimestre. La Subcomisión evaluará dicho informe y en caso de que la evaluación resultara negativa, el informe y la evaluación serán enviados a la Comisión Central la que aconsejará al Consejo Superior acerca de la continuidad o cancelación de la beca.

El monto de la beca, la cantidad y su distribución serán dispuestos anualmente por el Consejo Superior, a propuesta de la Secretaría General de Asuntos Sociales.

Sanciones:
De comprobarse que algún becario obtuvo el beneficio mediante información o documentación falsa, o incurriere en falta disciplinaria grave, se suspenderá inmediatamente la beca, elevándose todos los antecedentes a la Comisión Central a fin de que el Consejo Superior determine el procedimiento y/o las sanciones si correspondiere.

Subcomisiones de Becas:
En cada Facultad o Instituto funcionará una Subcomisión de Becas integrada por el Decano o Director o quien éste designe en calidad de Presidente, dos estudiantes por el Centro respectivo y dos docentes nombrados por el Decano o Director.

Será su cometido:

•  Fijar pautas de evaluación referentes al rendimiento académico, de acuerdo con las modalidades de cada Carrera.
•  Elevar a la Comisión Central de Becas la nómina de aspirantes, en el orden de mérito sugerido, con las actuaciones realizadas y la documentación requerida, dentro del plazo establecido.
•  Informar al Consejo Superior, a través de la Comisión Central , todas las modificaciones y novedades que pudieran surgir durante el período en el que el becario perciba el beneficio.

esta es como la mesita, o sea dejanos tu sugerencias











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